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Una cautelar le puso un freno a la reforma laboral y se puede acelerar la intervención de la Corte

2026/03/17 23:46
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Tal como se anticipó al momento de la sanción de la Reforma libertaria sobre la legislación laboral, el traspaso del fuero laboral nacional a la Ciudad de Buenos Aires iba a ser cuestionado en la Justicia y, en las últimas horas se dio a conocer un fallo que directamente lo suspende.

Hace unos días, la Confederación General del Trabajo había recibido un revés cuando el Contencioso-Admnistrativo había rechazado su reclamo, pero hoy el fuero laboral le dio la derecha a un reclamo de inconstitucionalidad que presentó el sindicato de los empleados de la Justicia (U.E.J.N.).

Mientras que la Central Obrera tramita en la Cámara una apelación a la decisión del juez Enrique Lavié Pico, se descarta que el gobierno hará lo propio para que se revea la medida cautelar dictada por Hernán Mendel, titular del Juzgado Nacional de 1era instancia del Trabajo 30.

Mientras tanto, la transferencia del fuero que está planteada en la reforma laboral está suspendida.

Según expertos en la materia, esta estrategia bifronte, derivará en que, más temprano que tarde, la Corte Suprema de Justicia deberá, primero, determinar la competencia, es decir, cuál es el fuero en el que se debe tratar el asunto.

Más tarde, el máximo tribunal deberá encarar la “cuestión de fondo”, aunque para ello, habrá que esperar los tiempos que los ministros de la Corte quieran aplicar, a esa altura, con o sin una cautelar activa.

Horacio Rosatti Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti. (Fuente: archivo).

El Fallo

En su resolución, el juez Mendel consideró que existen elementos suficientes para suspender preventivamente la aplicación del acuerdo de transferencia hasta tanto se analice su constitucionalidad.

El magistrado entendió que, en esta etapa preliminar, se encuentra acreditada la “verosimilitud del derecho”, al advertir posibles irregularidades en el procedimiento institucional utilizado para avanzar con el traspaso del fuero laboral nacional a la órbita porteña.

Entre los puntos centrales, el fallo señala que el convenio suscripto entre el Estado nacional y la Ciudad de Buenos Aires habría omitido la intervención obligatoria de la Comisión Bicameral prevista en la Ley 24.588, norma que regula las competencias entre ambas jurisdicciones tras la autonomía porteña.

Para el juzgado, esa instancia parlamentaria constituye un requisito esencial del proceso y su ausencia podría afectar la validez del acuerdo cuestionado.

El juez también tuvo por acreditado el “peligro en la demora”, al considerar que la implementación progresiva del traspaso podría generar efectos de difícil reversión sobre la estructura del fuero laboral y la situación funcional de sus trabajadores.

En ese sentido, advirtió que la eventual incorporación de nuevos órganos judiciales al esquema de transferencia y posibles renuncias de magistrados podrían profundizar el impacto institucional mientras se tramita la causa.

La medida cautelar ordena suspender la totalidad de los efectos del acuerdo de transferencia hasta el dictado de una sentencia definitiva y exige al Estado nacional que presente un informe circunstanciado en el plazo de tres días.

De este modo, el proceso judicial ingresa ahora en una etapa de discusión más amplia sobre la legalidad del mecanismo elegido para reformular la organización de la justicia laboral.

El pronunciamiento no resuelve aún la cuestión de fondo, pero introduce un nuevo frente judicial para la reforma impulsada por el Gobierno.

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