La ciudadanía argentina cuenta con un nuevo descanso extendido en el tercer mes del año, dado por el fin de semana largo de marzo con día no laborable y feriado, lo que permitirá disfrutar de diversas actividades durante los cuatro días.
De acuerdo al calendario de feriados nacionales que publica la Jefatura de Gabinete, en marzo hay dos jornadas, con distintas particularidades, que gran parte de la población podrá disfrutar como un fin de semana extralargo, que se adicionan al sábado y domingo.
Al sábado 21 y domingo 22 de marzo se suma la jornada del lunes el lunes 23 de marzo, que es día no laborable con fines turísticos. Esta particularidad indica que la jornada no es feriado nacional, sino una jornada especial, a la que el Gobierno le otorgó el carácter de no laborable, por ubicarse entre el fin de semana y el martes feriado.
En tanto, el martes 24 de marzo se conmemora en nuestro país el Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia, que es un feriado inamovible.
El fin de semana extendido del tercer mes del año queda configurado de la siguiente manera:
El fin de semana extendido de marzo beneficia principalmente a la administración pública, entidades bancarias y el sector educativo. El alcance del receso depende en última instancia de la actividad específica de cada rubro y de las directrices que imponga cada empresa privada o institución pública.
La ley 20.744, también conocida como la ley de Contrato de Trabajo, establece el régimen por el cual se paga a los empleados que prestan sus servicios durante los días asueto. Quienes trabajen el feriado nacional del 24 de marzo, cobrarán el doble de una jornada habitual.
“En los días feriados nacionales rigen las normas legales sobre el descanso dominical en cuanto a la prohibición del trabajo. En dichos días, los trabajadores que no gozarán de la remuneración respectiva percibirán el salario correspondiente a los mismos, aun cuando coincidan con domingo”, detalla el artículo 181 de la normativa.
En cambio, en los días no laborables, la decisión de otorgar el asueto queda a criterio del empleador. Si la empresa decide trabajar en un día no laborable, el empleado cobra su salario simple.

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